Preguntas Frecuentes

En caso del tercer retiro: desde las 9 AM del miércoles 28 de abril del 2021 se podrá hacer la solicitud en el sitio web tu10conmodelo.cl. Las personas tendrán un plazo de hasta un año para realizar su solicitud (28 de abril del 2022). Para el segundo retiro, el periodo está comprendido desde el 10 de diciembre de 2020 hasta el 10 de diciembre de 2021. En el caso del primer retiro, el plazo para solicitarlo terminó el día 31 de julio de 2021.
Primer retiro: No, el plazo para esta solicitud venció el día 31 de julio de 2021, por lo cual ya no puede ser solicitado.
Segundo retiro: No, el plazo para esta solicitud venció el día 10 de diciembre de 2021, por lo cual ya no puede ser solicitado.
Todas las solicitudes que hayan sido ingresadas con anterioridad al vencimiento de plazo para el retiro del 10%, serán procesadas y pagadas según corresponda, en caso de ser rechazada con posterioridad al 31 de Julio, no se podrá ingresar una nueva solicitud.
El retiro de ahorros previsionales puede tener un impacto en la obtención de beneficios que se otorgan a través de convenios internacionales de seguridad social, dado que existen países suscritos a estos convenios que contemplan en el acceso a beneficios, un mínimo de meses con aportes previsionales. En ciertos casos estos periodos de cotización pueden ser complementados con los aportes previsionales realizados en Chile.
Por lo tanto, al realizar el retiro de ahorros previsionales, podrían existir períodos que no puedan ser contabilizados para llegar al mínimo de lo exigido en otros países, lo que podría afectar el acceso a beneficios de seguridad social.
Puedes solicitar el pago de tu retiro de ahorros a través de:
● Cuenta bancaria en Chile. Esta debe estar a tu nombre y no puede ser bipersonal, ni cuenta virtual.
● Cuenta de Ahorro Voluntario (CAV), también conocida como Cuenta 2, la cual no tendrá cobro de comisión de mantención.
● Vale vista para emitirse en Banco BCI u otra opción que se informará en el formulario.
Si, las tres solicitudes son trámites independientes entre sí, por lo cual los puedes realizar en el orden que estimes necesario, recuerda que cada retiro tiene también plazos límite para su solicitud y diferentes formas de pago.
Puedes realizar un seguimiento de tu solicitud en el siguiente link : tu10conmodelo.cl.
También te mantendremos informado del proceso, notificándote tanto por SMS, como por correo electrónico en un máximo de 4 días hábiles si tu solicitud fue aprobada o rechazada, en este caso recibirás las razones del rechazo y podrás ingresar una nueva solicitud.
Puedes realizar un seguimiento de tu solicitud en el siguiente link: tu10conmodelo.cl, también te recomendamos revisar el buzón de Spam o correo no deseado.
Una vez recibida la notificación del rechazo de la solicitud con la explicación correspondiente al rechazo, podrás ingresar una nueva en nuestro sitio web corrigiendo los errores,
En la primera etapa, por un periodo de 10 días hábiles, la solicitud será atendida preferentemente línea en el sitio web: tu10conmodelo.cl
Puedes revisar el estado de tu solicitud ingresando en el siguiente link tu10conmodelo.cl
Si, con las siguientes consideraciones:

En el caso de las Cédulas de Identidad de Chilenos con vencimiento entre los años 2020 y 2021 su vigencia ha sido extendida hasta el 31 de diciembre de 2021.

En el caso de las Cédulas de Identidad de Extranjeros con vencimientos entre los años 2019 y 2021 su vigencia ha sido extendida hasta el 28 de febrero de 2022.

En el caso que tu cédula tenga un vencimiento anterior al indicado podrás realizar el retiro con tu clave web o clave de seguridad, o presencialmente en nuestras sucursales identificándote con tu huella dactilar.
Si, podrás realizarlo en el sitio web tu10conmodelo.cl , utilizando como medio de autenticación la Clave web, Clave de Seguridad o Clave Simple.
Si, puedes anular o cancelar una solicitud, para realizarlo lo haz click en la opción “Cancelar Solicitud”, completar los datos: RUT, N° de Documento y Número de solicitud, una vez ingresada la solicitud quedará sin efecto, tienes como plazo hasta antes que los fondos sean provisionados para el pago en caso de que canceles tu solicitud y antes del envió a pago en caso de denuncia (anulación de la solicitud).

Para realizar una corrección deberás cancelar o anular la solicitud para luego ingresar una nueva solicitud. Los plazos en el caso de las correcciones se empezarán a contar desde la fecha de la última solicitud ingresada.
Si seleccionas Cuenta 2 para recibir tu pago esta se abrirá de manera automática, desde esta cuenta podrás transferir a tu cuenta bancaria sin costo. La Cuenta 2 asociada a los retiros no tendrá costos de administración ,ni comisiones.
Si puedes ver las leyes asociadas en los siguientes links:
Ley 21.295 Correspondiente al Segundo retiro
Ley 21.330 Correspondiente al Tercer retiro
Para realizar una modificación de la cuenta para recibir tu retiro deberás cancelar y anular la primera solicitud aquí e ingresar una nueva con los nuevos datos de cuenta, todos los plazos se contarán desde la fecha de la nueva solicitud.
No podrán realizar el 3° retiro de Fondos Previsionales las siguientes personas:
  • Las personas que no tengan fondos en su cuenta de ahorro obligatorio en la Administradora de Fondos de Pensiones.
  • Tampoco pueden solicitar el 3° retiro las autoridades gubernamentales señaladas en el artículo 38 bis de la Constitución Política del Estado o funcionarios de exclusiva confianza del Presidente de la República que señalan los número 7 y 8 del artículo 32 de la Constitución Política de la Republica.

La AFP tiene un plazo máximo de 15 días hábiles para realizar el pago del retiro, en el medio de pago que hayas indicado al momento de tu solicitud. Los depósitos pueden tener un desfase de hasta 48 horas hábiles en verse reflejados en las cuentas dependiendo de la institución financiera.
En el caso del retiro 2 los pagos se realizan de la siguiente manera, si el retiro es menor o igual a 35 UF, se pagará en una sola cuota hasta 10 días hábiles de ingresada la solicitud, en caso de que el retiro sea mayor a 35 UF este monto se divide en dos cuotas de 50% cada una, pagadas la primera 10 hábiles posteriores al ingreso de la solicitud y la segunda 10 días hábiles posteriores al primer pago. Los depósitos pueden tener un desfase de hasta 48 horas hábiles en verse reflejados en las cuentas dependiendo de la institución financiera.
Si eres afiliado a Modelo puedes revisar tu saldo en el sitio web de nuestra AFP, necesitarás de tu Clave Web para acceder al total de tus ahorros y calcular a cuánto asciende el 10% de tus fondos.
Esta tabla contiene los montos a retirar dependiendo de los saldos disponibles en la cuenta.
El valor de los fondos de pensiones se expresa en cuotas y en valor cuota. La cantidad de cuotas representa cuántas partes del fondo eres dueño. Mientras que el valor cuota es un valor de referencia que permite medir la rentabilidad que va generando el fondo, en el día a día. Por ejemplo: si un afiliado tiene acumulado $100.000 y el valor de la cuota es de $1.000, entonces el capital de este afiliado se expresa en 100 cuotas. Te informamos del número de cuotas o el valor cuota para que tengas presente a cuánto equivale el retiro de tus ahorros.
El máximo permitido para el retiro es 150 UF ($4,4 millones aprox.) En caso que tus fondos acumulados sean menores a 35 UF ($1 millón aprox.) podrás retirar la totalidad de los ahorros en tu cuenta.
A más tardar en 4 días hábiles desde ingresada la solicitud, te informaremos por correo electrónico y SMS de la aprobación o rechazo de la solicitud, detallando en las aprobaciones, el monto que recibirás junto con fecha de pago.
La ley que autoriza el 3° retiro de fondos cuenta con un mecanismo voluntario en el que podrás solicitar imponer un 1% adicional, al menos por 12 meses en la AFP. En el caso de los Retiros 1 y 2 no hay mecanismos para la reposición de fondos. , en caso que quisieras hacer ahorros adicionales para la jubilación te recomendamos la apertura de un APV.
En el caso del primer y tercer retiro, no hay pago de impuestos asociados, ya que éstos se encuentran libres de impuestos a la renta.
Para el segundo retiro se aplican impuestos a la renta, para las personas que tienen ingresos superiores a al $1.500.000 según la siguiente tabla

En caso que hayas solicitado el cambio de AFP y luego hayas ingresado una solicitud de retiro, el proceso de traspaso de AFP se detendrá hasta que recibas el dinero del retiro, luego seguirá el proceso.
En caso que tu cuenta ya se encuentre bloqueada por traspaso al momento del retiro, su retiro se rechazará para que puedas ingresar una nueva solicitud en la AFP que hayas elegido para el traspaso.
Sí, Puedes cambiarte de AFP, pero el proceso se concretará una vez hayas realizado el retiro de tus ahorros previsionales.
Puedes realizar la solicitud de cambio o distribución de fondos, pero este se concretará cuando se haga entrega de tus ahorros por solicitud del retiro.

Sí, lo podrás hacer ingresando tu NIC (Número Identificatorio para Cotizar) utilizado para efectos del pago de cotizaciones y tu clave de acceso Web, la misma que utilizas para ingresar al sitio privado de la AFP.
Puedes realizar la solicitud de retiro con tu NIC y tu Clave Web desde nuestro formulario Web, informando una cuenta extranjera para que podamos depositar tu dinero o solicitarla a través de un mandatario.
Si no estás cerca de un consulado chileno, puedes ingresar directamente tu solicitud tu10conmodelo.cl

Si estás cerca de un consulado chileno: los afiliados también, pueden presentar su solicitud de retiro en un Consulado chileno. Previo a asistir al Consulado, debes completar el formulario para solicitar el retiro de ahorros ingresando acá.

Una vez completados todos los campos obligatorios de la solicitud y confirmada por parte del interesado, se generará una solicitud que contará con un identificador único, el cual deberá ser impresa por el interesado y presentada ante un Consulado.

Ten presente que si nombras a un mandatario para el cobro, no deberás ingresar datos de la cuenta, si no los datos identificatorios del mandatario en Chile: Nombre, RUT, teléfono y correo electrónico.

La AFP procesará hasta en 15 días hábiles desde la solicitud original aprobada y entregará la instrucción de pago los bancos extranjeros que seguirán los procesos indicados por sus reguladores locales respecto a disponer los fondos en las cuentas de sus clientes.

Debes dirigirte directamente al Poder Judicial y denunciar la deuda de pensión de alimentos, de manera que los Tribunales puedan dictaminar una subrogación para que puedas solicitar el retiro de ahorros previsionales en la AFP del deudor.
Debes comunicarte directamente con el Poder Judicial. Es esta institución quien notificará a la AFP para proceder a la retención de los ahorros previsionales, de manera de transferir el dinero a la alimentaria, según el monto de la deuda de pensión de alimentos, con posterioridad al fallo de los Tribunales de Justicia.
Puedes acudir directamente al Poder Judicial para solicitar que aclaren tu situación de deuda. Una vez hayas realizado este trámite, el Poder Judicial nos notificará del levantamiento de la cautelar.
Cada proceso de retiro es independiente entre ellos, por lo tanto las órdenes de retención de los retiros anteriores no tendrán efecto en el tercer retiro.
Ingresando una subrogación en el sitio web y seleccionando el retiro en el cual se aplica, para iniciar el proceso debes ingresar la resolución del Poder de Judicial en formato PDF, en caso que tengas una o más subrogaciones debes ingresar una solicitud en cada uno de los retiros.
Dependiendo del saldo que tenga el deudor en su cuenta en la AFP podrás obtener el máximo susceptible de retiro, puedes ver en esta tabla a qué montos corresponde.

Podrás realizar la solicitud de retiro al igual que cualquier otro afiliado. En el tercer retiro podrás escoger retirar todo el saldo en tu cuenta así como dejar dinero para tener cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia.
Sí, todos los pensionados de Vejez, Invalidez definitiva o transitoria y los beneficiarios que reciban pensión de Sobrevivencia, bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado podrán solicitar el retiro. Adicionalmente podrán realizar la solicitud de retiro los pensionados en renta vitalicia que mantengan saldo en sus cuentas en la AFP.
Sí, podrás realizar la solicitud de retiro. Una vez aprobada, el dinero retirado de tu cuenta se descontará del Certificado de Saldo.
Los afiliados que presenten la solicitud a través de mandatarios, deberán otorgar los mandatos mediante escritura pública o privada, y en este último caso, con la firma autorizada ante Notario u Oficial del Registro Civil en los lugares donde no hubiese Notaría. Asimismo, se autorizan mandatos con firma electrónica avanzada, de acuerdo a la ley N° 19.799, con los debidos resguardos para evitar la ocurrencia de fraudes.
Si, puedes realizar la solicitud, si eres mayor de 18 años puedes solicitar el retiro a través de nuestro formulario web.

En caso que seas menor de 18 años, es tu tutor legal es quien tendrá que realizar la solicitud a través del sitio web tu10conmodelo.cl
Sí, puedes hacer el retiro en ambos casos. Para la desafiliación debes considerar que el menor traspaso de fondos puede implicar un aumento en la deuda.
También pueden efectuar el retiro de fondos los menores de 18 años que tengan una cuenta obligatoria o de afiliado voluntario. En este caso, el retiro lo deberá efectuar quien mantenga la representación legal o judicial del menor.

Si uno de los padres solicita el retiro a nombre del menor, esta persona tendrá que acreditar, a través de un certificado de nacimiento con la respectiva inscripción, que tiene en forma exclusiva el ejercicio de la patria potestad.

Además, podremos solicitar información adicional: copias de la cédula nacional de identidad por ambos lados del o de los representantes legales, según corresponda.
Las personas que hayan efectuado la solicitud del retiro del 3° retiro de su cuenta de capitalización individual podrán aumentar en un 1% adicional sus cotizaciones previsionales de manera voluntaria, con el objetivo de aumentar sus fondos previsionales para su pensión. Existen dos formularios de solicitud que dependen del tipo de trabajador que la presente.

• Trabajadores dependientes, al ser el empleador quien debe realizar el pago de las cotizaciones previsionales. Esta cotización adicional se realizará siguiendo el mismo proceso de pago actual.

• Trabajadores independientes obligados a cotizar, en este caso quien realizará el cálculo será hecho por Servicio de Impuestos Internos, al momento de determinar las cotizaciones previsionales. El pago de las cotizaciones las realizará la Tesorería General de la República junto con las cotizaciones restantes.

Ten en cuenta lo siguiente:

- El 1% adicional será calculado sobre tu remuneración imponible.

- El periodo mínimo de descuento es de 12 meses.

A continuación descarga el formulario que corresponda, complétalo y envíalo a la siguiente dirección de correo: reintegroretiro@afpmodelo.cl

Aumento de la cotización obligatoria al 11%

Aumento de la cotización obligatoria al 11% independiente

Modificación aumento de la cotización obligatoria al 11%

Desistimiento aumento de la cotización obligatoria al 11%

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